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Opinión

Lo que deben cumplir las empresas ante el regreso de sus colaboradores

Por: Sergio Porragas Swipe

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La pandemia que estamos viviendo ha traído grandes cambios para todos. En el ámbito laboral, las autoridades de Salud y del Trabajo se han visto en la necesidad de establecer medidas y lineamientos extraordinarios para implementarlos en las organizaciones, y estas están obligadas a cumplirlos, primero y primordialmente, por el bienestar de su fuerza laboral y, segundo, por la continuidad del negocio.

Un asunto de suma relevancia en el que las organizaciones deben poner especial atención al retornar a sus instalaciones es la preparación ante las inspecciones extraordinarias de la Secretaría del Trabajo.

Recientemente, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) declaró el COVID-19 como riesgo de trabajo, por lo que los colaboradores que estén diagnosticados con la enfermedad pueden tramitar su incapacidad laboral en línea. La autoridad ha establecido diferentes niveles de riesgo, dependiendo de las actividades y nivel de exposición a contagios que tenga cada trabajador; en caso de que no califiquen para esta incapacidad, deberán darle seguimiento a cada caso de acuerdo con lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo.

 

Sin embargo, no solo los empleados serán calificados por su nivel de riesgo, los centros de trabajo deben cumplir los lineamientos de seguridad y salud establecidos por las Secretarías de Salud y del Trabajo para que aplique la incapacidad de estos. Incluyen la sana distancia, el control de ingresos y egresos, medidas de prevención de contagio en la empresa y uso de equipo de protección personal.

Asimismo, un asunto de suma relevancia en el que las organizaciones deben poner especial atención al retornar a sus instalaciones es la preparación ante las inspecciones extraordinarias que está realizando la Secretaría del Trabajo para la protección del trabajador dentro del centro de trabajo y en su entorno laboral de contagios.

La información que debe tener preparada la empresa se basa en la acreditación sobre si las actividades realizadas en el centro de trabajo son esenciales o no, demostrar la existencia de un comité COVID y verificar los protocolos de la empresa.

La visita de inspección es estricta y rigurosa, por lo que es necesario que las organizaciones tengan toda la documentación e información actualizada, con la finalidad de mitigar el riesgo de contagios y evitar una multa o incluso el cierre del centro de trabajo.

 

La información que debe tener preparada la empresa se basa en la acreditación sobre si las actividades realizadas en el centro de trabajo son esenciales o no, demostrar la existencia de un comité COVID, verificar los protocolos de la empresa, el cumplimiento de las normas aplicables al centro de trabajo, como la NOM-30 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y otras normas relacionadas con el trabajo.

En el caso de la NOM-035, las organizaciones no deben dejar de poner atención en la identificación, análisis y prevención de los factores de riesgo psicosocial de sus trabajadores. Ante la gran incertidumbre por la crisis sanitaria, económica y laboral que estamos enfrentando, resulta fundamental que las empresas atiendan la NOM-035, más allá de por evitar multas y cierres, por cuidar el bienestar y la salud emocional del equipo de trabajo.

El proceso que iniciaron los centros de trabajo, el año pasado, debe continuar para ver por la salud mental de los colaboradores que regresaron a un lugar físico de trabajo y de los que permanecen o permanecerán trabajando vía remota.

Es así que el proceso que iniciaron los centros de trabajo, el año pasado, debe continuar para ver por la salud mental de los colaboradores que regresaron a un lugar físico de trabajo y de los que permanecen o permanecerán trabajando de manera remota.

 

Es necesario que identifiquen los elementos de trabajo remoto que pueden estar causando daños a la salud mental de los empleados y tomar acciones para prevenirlos.

Muchas empresas, desde el principio de la pandemia, han implementado programas de bienestar para cuidar los niveles de estrés y ansiedad de sus trabajadores, pero también es fundamental que revisen el ritmo de trabajo y la excesiva exigencia para sacar a flote los negocios.

Hasta el momento no hay prórroga para el cumplimiento de la primera fase de la NOM-035 y estamos cerca de que comience la segunda fase, que ya requiere una evaluación del entorno laboral e implementación de acciones correctivas con base en los resultados.

Todos estamos en el mismo barco y estamos compartiendo los estragos de una crisis global, por lo que nos toca tomar acciones que cuiden nuestro bienestar y el de nuestros empleados, a la vez de trabajar en la continuidad de nuestros negocios, conservar los empleos y generar otros nuevos. AN

Sergio Porragas

Director de operaciones de OCC Mundial

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